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OBJETO Y FUNCIONES

Ecoaga

10:10:00 - 21/08/2017

La Entidad ECOAGA se rige principalmente por lo dispuesto en la actual:

  • Ley 4/2017, 13 julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias (que deroga, entre otros, al Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenacio?n del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias). Arti?culo 266 y siguientes.
  • Decreto 183/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Gestio?n y Ejecucio?n del Planeamiento de Canarias. Los arti?culos 134 a 142 regulan las Entidades Urbani?sticas Colaboradoras.
  • De forma supletoria, la normativa estatal, en especial, Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestio?n Urbani?stica para el desarrollo y aplicacio?n de la Ley sobre Re?gimen del Suelo y Ordenacio?n Urbana. En particular, la Seccio?n 6. Entidades urbani?sticas colaboradoras.
  • Estatutos de la Entidad de Conservación del Polígono Industrial de Arinaga, (ECOAGA).

 

 

Según se establece en el artículo 3 de sus estatutos, constituyen sus objetos y fines los de:

  • Velar por el adecuado uso de los elementos de la urbanización garantizando y exigiendo el cumplimiento de los derechos y obligaciones que competen a sus miembros.
  • Atender a la prestación de los servicios básicos urbanísticos previstos en el planeamiento aplicable o que vengan exigidos por la urbanización y se consideren pertinentes.
  • Atender el mantenimiento y conservación de los servicios comunes, de la red viaria, del saneamiento y alcantarillado, del suministro de agua, de la distribución de la energía eléctrica y alumbrado público, de las zonas verdes públicas, limpieza y recogida de basuras, seguridad y vigilancia, administración, etc...
  • Promover la convivencia social de los miembros de la Entidad conforme a los Estatutos y acuerdos adoptados por los órganos rectores.
  • Exigir el cumplimiento de las ordenanzas del planeamiento aprobado, adoptando las medidas y ejercitando, en su caso, las acciones correspondientes frente a los miembros de la Entidad, o terceras personas.
  • Cualquier otra finalidad lícita de naturaleza urbanística que venga exigida o se fundamente en la actuación.
  • Distribuir los gastos comunes entre todos los miembros de la Entidad de conformidad con las normas establecidas en los Estatutos y con los acuerdos válidamente adoptados por sus órganos rectores.
  • Defender los intereses comunes ante cualquier Organismo o Autoridad del Estado, de los Entes Autonómicos de la Provincia y del Municipio, así como ante Juzgados y Tribunales de cualquier grado y jurisdicción.